¿Por qué este Manifiesto?

Este Manifiesto expresa la visión ética y profesional que sostiene el Yoga de la Risa® en España. No es un reglamento ni una imposición, sino una declaración de principios sobre cómo entendemos una práctica respetuosa, honesta y sostenible.

Manifiesto del Yoga de la Risa® en España


Yoga de la Risa® es un método con identidad propia.

No es una técnica aislada ni un recurso intercambiable.

Es una práctica estructurada, vivencial y consciente, que integra movimiento, respiración, risa sin causa, conexión grupal y una visión ética del bienestar.


Este manifiesto nace de una convicción clara:
cuando un método crece, necesita cuidado; cuando se comparte, necesita responsabilidad; y cuando se profesionaliza, necesita ética.

1. Sobre el respeto a los métodos y a su identidad

Creemos en una cultura profesional basada en el respeto al origen de los métodos, a su desarrollo y a las personas que los han estudiado, practicado y transmitido con rigor.

Yoga de la Risa® no es un conjunto de ejercicios que pueda ser absorbido, reetiquetado o diluido sin consecuencias.

Presentar prácticas claramente derivadas de este método como parte de otro enfoque, sin formación específica, sin reconocimiento explícito y sin asumir la responsabilidad que ello conlleva, empobrece el método, confunde al público y debilita la profesión.


Inspirarse es legítimo.

Apropiarse sin reconocer ni responsabilizarse, no lo es.

2. Sobre la honestidad profesional

La honestidad no consiste solo en lo que se hace, sino en cómo se nombra lo que se hace y desde dónde se comunica.

    Una práctica profesional ética exige coherencia entre:

  • la formación recibida,
  • la experiencia real,
  • lo que se ofrece al público,
  • y lo que se afirma representar.

Cuando el lenguaje se utiliza para desdibujar límites, evitar responsabilidades o capitalizar el prestigio de un método sin asumir su formación y sus estándares, se rompe la confianza que sostiene cualquier disciplina seria.

Este marco defiende una comunicación clara, honesta y respetuosa, no como imposición, sino como base de la dignidad profesional.

3. Sobre la formación y la responsabilidad

Yoga de la Risa® es una práctica vivencial y en la mayoría de los casos grupal.

No puede reducirse a contenidos teóricos ni a experiencias descontextualizadas.

Formar implica responsabilidad.

Certificar implica aún más.

    Por ello, este marco apuesta por:

  • procesos formativos coherentes con la naturaleza del método,
  • experiencias presenciales supervisadas,
  • evaluación real de competencias,
  • y rechazo de dinámicas que trivializan la formación o la convierten en un producto sin profundidad.

La calidad no es elitismo.

La calidad es respeto.

4. Sobre la sostenibilidad y la convivencia profesional

Una profesión solo puede sostenerse cuando existe corresponsabilidad.

Corresponsabilidad con el método, con el público y con el propio colectivo.

El dumping formativo, la banalización de los procesos y la apropiación simbólica de métodos ajenos generan conflicto, malestar y desgaste.

Este manifiesto defiende un modelo en el que nadie necesita rebajar la dignidad del trabajo propio para existir, ni erosionar el trabajo de otros para destacar.

5. Una invitación abierta

Este manifiesto no excluye.

No persigue.

No impone.

Invita a reflexionar y a elegir conscientemente cómo queremos ejercer y qué tipo de Yoga de la Risa® queremos construir en España.

    Un Yoga de la Risa®:

  • respetuoso con su identidad,
  • honesto en su comunicación,
  • responsable en su formación,
  • y humano en su ejercicio profesional.

Quien comparta esta visión encontrará en este marco un espacio de claridad, coherencia y cuidado.

Quien no, es libre de seguir su propio camino.


Porque la ética no se obliga.

Se elige.

¿Compartes esta visión?

Si te identificas con los valores del Yoga de la Risa® y deseas ejercer desde un marco ético y profesional claro, puedes conocer el proceso de adhesión.

¿Qué regula el Código de Buenas Prácticas?

El Código establece criterios claros sobre el uso de la denominación “Yoga de la Risa®”, la comunicación profesional, la formación y el respeto al público. Su objetivo es evitar confusiones y favorecer una convivencia profesional sana.

Código de Buenas Prácticas para el Uso de la Denominación y el Ejercicio Profesional del Yoga de la Risa®

01 Objeto y finalidad del Código

El presente Código de Buenas Prácticas tiene como finalidad establecer un marco común de referencia para el uso responsable de la denominación “Yoga de la Risa®” y para el ejercicio profesional ético y transparente de esta disciplina en el ámbito territorial de España.

    Este Código persigue:

  • Proteger el uso correcto de la denominación.
  • Evitar su utilización indiscriminada o confusa.
  • Preservar la identidad, el rigor y la coherencia del método.
  • Garantizar una información veraz y honesta al público.
  • Favorecer el desarrollo de una práctica profesional sostenible, ética y respetuosa.

02 Titularidad de la denominación y marco legal

  1. La denominación “Yoga de la Risa®” es una marca registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
  2. La titularidad de dicha marca corresponde a Javier Ruiz Gómez.
  3. La posesión de certificados formativos, acreditaciones o diplomas no confiere por sí misma derechos de propiedad, representación institucional ni uso ilimitado de la marca.
  4. El presente Código no altera el origen histórico del método, y se establece exclusivamente para ordenar su ejercicio profesional y su comunicación pública en España.

03 Principio de transparencia y no confusión

    Los profesionales del Yoga de la Risa® se comprometen a:

  • Identificarse siempre con su nombre y apellidos reales.
  • Indicar de forma clara y veraz su nivel formativo real, sin inflarlo ni inducir a error.
  • Evitar cualquier comunicación que pueda hacer pensar que:
    • son titulares de la marca,
    • representan oficialmente al método,
    • actúan como delegación territorial, sede u órgano rector.

El principio rector es la no confusión del público, tanto en entornos presenciales como digitales.

04 Uso correcto de la denominación “Yoga de la Risa®”

    El uso de la denominación está permitido únicamente cuando:

  • se emplea de forma descriptiva y veraz,
  • no induce a confusión sobre la titularidad o representación,
  • se respeta el nivel formativo real del profesional,
  • y se mantiene coherencia con los principios y valores del método.

La denominación no podrá utilizarse como identidad institucional exclusiva de proyectos personales, escuelas o estructuras paralelas sin autorización expresa.

05 Uso de dominios web, nombres comerciales y redes sociales

5.1 Principio general

No se utilizarán dominios, subdominios, nombres comerciales o perfiles digitales idénticos o equivalentes a la marca “Yoga de la Risa®” cuando ello pueda inducir a creer que se trata de un sitio oficial o de una representación territorial del método.

5.2 Dominios recomendados

    Se recomienda el uso de dominios basados en:

  • nombre y apellidos,
  • marca personal,
  • denominaciones no confundibles.

5.3 Autorizaciones excepcionales

Cualquier uso excepcional de la denominación en dominios o proyectos digitales deberá contar con autorización expresa, limitada y revocable, y con inclusión de disclaimers visibles y permanentes.

06 Comunicación, publicidad y responsabilidad social

    Queda expresamente prohibido:

  • Atribuir beneficios terapéuticos con carácter médico o psicológico.
  • Presentar la práctica como tratamiento sanitario.
  • Utilizar términos como “oficial”, “único”, “representación”, “delegación” o equivalentes sin autorización expresa.
  • Emitir certificaciones o titulaciones no reconocidas.
  • Realizar comparativas desleales o descalificaciones hacia otros profesionales.

Toda comunicación deberá ajustarse a criterios de prudencia, respeto y honestidad.

07 Estándares profesionales mínimos

    Los profesionales se comprometen a:

  • Actuar con buena fe, respeto y lealtad profesional.
  • Mantener condiciones adecuadas de seguridad física y emocional.
  • Respetar los límites de su competencia.
  • Derivar a profesionales sanitarios cuando la situación lo requiera.
  • Mantener coherencia con la formación recibida.

08 Materiales, contenidos y propiedad intelectual

No se reproducirán, distribuirán ni comercializarán materiales formativos protegidos sin autorización expresa.

Las adaptaciones deberán respetar la autoría y no podrán presentarse como material oficial si no lo son.

09 Incumplimientos y medidas correctivas

    Ante un incumplimiento de este Código, se establece un criterio gradual y proporcionado:

  • Comunicación de advertencia y solicitud de corrección.
  • Plazo razonable para subsanar.
  • Retirada de autorizaciones concedidas.
  • Adopción de las medidas necesarias para la protección de la marca y del público.

10 Aceptación del Código

La utilización profesional de la denominación “Yoga de la Risa®” en España implica la aceptación y cumplimiento de este Código de Buenas Prácticas, sin perjuicio de acuerdos específicos más detallados que puedan establecerse.

📌 Nota estratégica (importante)

Este documento no es coercitivo:

es un marco ético y profesional que ordena, protege e incluye.

    Quien quiera trabajar con rigor:

  • puede hacerlo,
  • sabe a qué atenerse,
  • y se siente protegido.

    Quien no:

  • queda fuera por decisión propia, no por imposición.


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DOCUMENTO ANEXO I

Autorización Condicionada para el Uso de la
Denominación “Yoga de la Risa®” en España

I-1 Naturaleza de la autorización

La presente autorización tiene carácter personal, no exclusivo, limitado y revocable, y no constituye cesión de derechos, franquicia, representación territorial ni reconocimiento institucional alguno.

I-2 Titularidad de la marca

La denominación “Yoga de la Risa®” es una marca registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), cuya titularidad corresponde a Javier Ruiz Gómez.

I-3 Alcance del permiso

    La autorización permite únicamente:

  • el uso descriptivo y veraz de la denominación,
  • para comunicar actividades relacionadas con el Yoga de la Risa®,
  • siempre vinculadas al nivel formativo real de la persona autorizada.

    En ningún caso podrá utilizarse como:

  • identidad institucional,
  • denominación principal de escuela, red o estructura,
  • ni como representación territorial u oficial.
  • I-4 Dominio web y presencia digital

    No se autoriza el uso de dominios, subdominios o perfiles digitales idénticos o confundibles con la marca sin consentimiento expreso por escrito.

      En caso de autorización excepcional:

    • deberá incluirse disclaimer visible y permanente,
    • identificación clara de la persona responsable,
    • y reconocimiento expreso del titular de la marca.

    I-5 Reconocimiento jerárquico formativo

      La persona autorizada reconoce expresamente que:
    • Javier Ruiz Gómez ostenta el máximo nivel de acreditación del método en España, como Master Trainer oficial,
    • y que dicha condición es jerárquicamente superior a la suya.

    I-6 Obligaciones de comunicación

      La persona autorizada se compromete a:

    • no utilizar términos como “oficial”, “representación”, “delegación”, “sede” o equivalentes,
    • no emitir certificaciones ni titulaciones no autorizadas,
    • no inducir a confusión sobre la titularidad de la marca.

    I-7 Revocación

    El incumplimiento de cualquiera de las condiciones aquí recogidas implicará la revocación inmediata de la autorización, sin necesidad de preaviso ni compensación.

    I-8 Aceptación

    La continuidad en el uso de la denominación “Yoga de la Risa®” implica la aceptación expresa de esta autorización condicionada y del Código de Buenas Prácticas vigente.



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DOCUMENTO ANEXO II

Guía de Estándares Formativos y Recomendaciones Profesionales
del Yoga de la Risa® en España

Este documento complementa el Código de Buenas Prácticas para el Uso de la Denominación y el Ejercicio Profesional del Yoga de la Risa® y tiene como finalidad ordenar la formación, preservar la calidad, y favorecer una convivencia profesional sana y sostenible.


No establece obligaciones económicas, sino criterios orientativos de calidad, estructura y dignidad profesional.

II-1 Estándares formativos mínimos

Principios generales

    Toda formación en Yoga de la Risa® debe:

  • ser coherente con la naturaleza vivencial, corporal y grupal del método,
  • garantizar una experiencia real y supervisada,
  • ofrecer información veraz sobre lo que habilita y lo que no.

Se considera una mala práctica presentar como “formación profesional” procesos que no cumplan unos mínimos de duración, interacción y evaluación.

II-2 Modalidad online y presencial

(criterios claros y equilibrados)


Formación presencial (base del sistema)

    Se considera imprescindible en:

  • manejo de grupo,
  • dinámicas vivenciales,
  • ética en la intervención,
  • evaluación práctica.

La formación presencial constituye la columna vertebral de los niveles que habilitan para ejercer profesionalmente.


Formación online (uso adecuado)

    La formación online es válida y útil para:

  • contenidos teóricos,
  • fundamentos científicos,
  • historia y marco ético,
  • sesiones introductorias,
  • reciclaje y supervisión.

    No se considera adecuada, por sí sola, para:

  • certificaciones completas,
  • evaluación final de competencias prácticas,
  • acreditaciones profesionales plenas.

II-3 Estructura formativa recomendada por niveles

🔹 Nivel Introductorio / Iniciación

Objetivo: divulgación y experiencia personal.

Modalidad: presencial, online o mixta.

Habilitación profesional: ninguna.

Observación: este nivel no genera conflicto económico y se mantiene libre.

🔹 Nivel Profesional / Facilitador

    Objetivo: capacitar para guiar sesiones de Yoga de la Risa®.

    Requisitos mínimos recomendados:

  • número significativo de horas presenciales,
  • prácticas reales supervisadas,
  • evaluación de competencias,
  • formación ética básica.

Modalidad online:

solo como complemento (no sustitutiva del proceso presencial).

🔹 Niveles Avanzados / Formadores

    Objetivo: formar a otras personas.

    Requisitos:

  • mayoría de formación presencial,
  • supervisión directa,
  • experiencia acreditada,
  • evaluación continua.

El uso exclusivo de modalidad online en estos niveles se considera contrario a las buenas prácticas.

II-4 Recomendaciones económicas orientativas

(sin fijación de precios)

Principio fundamental

Para garantizar sostenibilidad, respeto profesional y calidad formativa, se recomienda evitar precios manifiestamente irrisorios en formaciones que se presentan como profesionales.

Criterios orientativos

    Los honorarios formativos deberían ser coherentes con:

  • número de horas reales,
  • modalidad (presencial/online),
  • nivel de responsabilidad que se habilita,
  • experiencia y cualificación del formador,
  • costes logísticos y de preparación.

Recomendación expresa

    Se desaconseja la oferta de:

  • “certificaciones exprés”,
  • cursos profesionales íntegramente online a bajo coste,
  • precios que generen dumping y deterioren la convivencia profesional.

    Estas prácticas perjudican:

  • al público,
  • al método,
  • y al conjunto de profesionales.

II-5 Espíritu del presente anexo

Este documento:

  • no impone tarifas,
  • no limita la libertad profesional,
  • no excluye a nadie,

sino que ofrece un marco común de referencia, alineado con prácticas habituales en sistemas formativos serios y orientado a:

  • elevar la calidad,
  • proteger al público,
  • dignificar el ejercicio profesional,
  • y favorecer un clima de respeto y colaboración.


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La adhesión es una decisión personal

La adhesión al marco profesional es voluntaria. Implica compartir una visión ética, asumir responsabilidades y contribuir a un desarrollo sostenible del Yoga de la Risa® en España.

DOCUMENTO ANEXO III

Documento de Adhesión al Código de Buenas Prácticas
y a la Autorización Condicionada

ADHESIÓN AL CÓDIGO DE
BUENAS PRÁCTICAS
Y AUTORIZACIÓN CONDICIONADA
DE USO DE LA DENOMINACIÓN
Yoga de la Risa®

Uso de la denominación Yoga de la Risa®

El uso profesional de la denominación “Yoga de la Risa®” está sujeto a autorización expresa del titular de la marca y a la adhesión al Código de Buenas Prácticas vigente en España.

La denominación Yoga de la Risa® es una marca registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), cuya titularidad corresponde a Javier Ruiz Gómez, Master Trainer oficial del método en España.

La autorización para el uso de la denominación:

  • tiene carácter personal, limitado, no exclusivo y revocable;
  • se concede exclusivamente para un uso descriptivo y profesional;
  • no confiere representación institucional, ni condición de sede, delegación u órgano rector del método;
  • está condicionada al cumplimiento permanente de los requisitos formativos, éticos y profesionales establecidos;
  • no genera derecho adquirido alguno, ni expectativa de permanencia.

Toda solicitud de uso de la denominación está sujeta a evaluación previa, y su aceptación no implica la concesión automática de la autorización.

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Preguntas frecuentes (FAQ) - Marco Profesional del Yoga de la Risa®

Porque el crecimiento del Yoga de la Risa® hace necesario:

  • ordenar mínimamente la práctica profesional,
  • evitar confusión y banalización,
  • y favorecer una convivencia profesional sana y sostenible.

El Yoga de la Risa®es un método estructurado con identidad propia.

Inspirarse en dinámicas de risa es legítimo, pero integrar un método completo sin formación específica, sin reconocimiento y sin asumir la responsabilidad correspondiente no se considera una buena práctica profesional.

Este marco promueve una comunicación honesta y respetuosa con el origen y la identidad de los métodos.

El humor forma parte de la experiencia humana y ha estado presente en los orígenes del Yoga de la Risa®. Con el tiempo, el método evolucionó hacia un enfoque más inclusivo, en el que la risa no depende de estímulos externos ni de la valoración subjetiva del humor.

En el Yoga de la Risa®, la risa se entrena como una capacidad humana universal, accesible y respetuosa, mientras que el humor puede aparecer de forma natural como consecuencia de la práctica.

Este enfoque permite que personas muy diversas participen sin sentirse juzgadas o excluidas, manteniendo un entorno seguro y cuidado.

Porque la denominación “Yoga de la Risa®” remite a:

  • un método concreto,
  • una formación específica,
  • y una responsabilidad profesional.

Un uso confuso o indiscriminado del nombre genera:

  • confusión en el público,
  • deterioro del método,
  • y conflicto innecesario entre profesionales.

Cualquier persona que:

  • cuente con formación específica en Yoga de la Risa®,
  • comparta el Código de Buenas Prácticas,
  • y desee ejercer de forma ética, clara y responsable dentro de este marco.

No.

Este marco no impone ni prohíbe el ejercicio profesional. Cada persona es libre de desarrollar su actividad como considere.

El marco únicamente regula el uso responsable de la denominación “Yoga de la Risa®” y establece criterios éticos y profesionales para quienes deciden utilizarla.



Este marco no sustituye la libertad profesional.
Aporta claridad, ética y responsabilidad en el uso de la denominación “Yoga de la Risa®”.

Si deseas utilizar la denominación “Yoga de la Risa®” de forma legítima y aparecer en el registro público de profesionales adheridos, este es el siguiente paso.

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Comunidad Yoga de la Risa®